viernes, marzo 29, 2024
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    Por ley, supermercados, tiendas y consumidores deberán disminuir uso de bolsas de plástico

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    El Congreso del Estado reformó la ley para la reducción de las bolsas de plástico y productos homólogos que se entregan en los supermercados y tiendas locales.

    Con 39 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra- el Dictamen de Decreto que reforma la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado, se establece que corresponde al Ejecutivo Estatal, a través de la Secretaría y de las instancias correspondientes en materia ambiental prevenir, controlar y abatir la contaminación por el uso de bolsas de plástico de uso único, que se entreguen a título gratuito, de manera onerosa o con motivo de cualquier acto comercial, para transportación, carga o traslado al consumidor final.

    Deberá verificarse que las bolsas de plástico que se entreguen cumplan con los criterios y normas de producción y consumo sustentable de reducción, reciclaje y reutilización, de modo que garanticen la disminución de los impactos ambientales asociados a la extracción de materiales, transformación, manufactura, distribución, uso y destino de estos productos plásticos; promoviendo el uso de materias primas provenientes de los recursos naturales renovables y reciclables.

    También tendrá que regularse la entrega para transportación, carga o traslado del consumidor final a título gratuito, de manera onerosa, o con motivo de cualquier acto comercial, bolsas de plástico que no estén sujetas a los criterios y normas para la producción y el consumo sustentable.

    Se prevé la implementación de un programa adecuado de sustitución y alternativas viables para reemplazar las bolsas de plástico por bolsas degradables o biodegradables.

    Este programa tendrá que informar al público de manera adecuada, así como llevar a cabo campañas de asistencia gratuita para capacitar a los compradores en general, sobre las posibles alternativas con las que podrán sustituir las bolsas de plástico no degradables o no biodegradables.

    Realizar campañas de difusión y concientización hacia la población sobre las ventajas que tendrán para su salud y el medio ambiente en general, el uso racional de material degradable o biodegradable.

    Promover campañas de concientización entre los propietarios de establecimientos y empresas relacionadas con la comercialización de los productos, de tal manera que sus intereses sean compatibles con los intereses colectivos de protección ambiental y desarrollo sustentable.

    De igual forma promover el otorgamiento de estímulos e incentivos a quienes realicen acciones tendientes a la sustitución y aportación de alternativas viables para reemplazar las bolsas de plásticos por bolsas degradables o biodegradables, con el fin de procurar la protección, aprovechamiento sustentable, preservación y restauración del equilibrio ecológico.

    Los establecimientos mercantiles y comerciantes podrán utilizar las bolsas de plástico cuando, por cuestiones de salubridad, se destinen para almacenar, empacar o conservar alimentos, mercancía o insumos, y no resulte factible el uso de un material sustituto.

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